Al negar la suspensión definitiva de la obra de modernización de la avenida Símbolos Patrios, el Juez Décimo del Décimo Tercer Circuito del Poder Judicial de la Federación, avaló la legalidad y la continuidad de los trabajos que realiza la Secretaría de las Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial Sustentable (SINFRA) en esa importante vía terrestre de acceso y salida de la capital oaxaqueña.
Así lo estableció el Juzgado Décimo de Distrito en la audiencia incidental celebrada como parte del desahogo de la demanda de amparo indirecto con registro número 855/2021 presentada por dos ciudadanos oaxaqueños. En dicha audiencia, el Juez Federal estableció no sólo que los quejosos no acreditaron la afectación alegada a sus derechos fundamentales, sino que la posibilidad de concederles la suspensión definitiva del acto reclamado (la suspensión de la obra de modernización de la Avenida Símbolos Patrios) habría afectado gravemente el interés general de todos los habitantes de los municipios de Oaxaca de Juárez, San Antonio de la Cal, Santa Cruz Xoxocotlán y San Agustín de las Juntas.
Al respecto, el Juez de Distrito reconoció que todas las obras se realizan conforme a los proyectos previamente avalados por las autoridades ambientales de los tres órdenes de gobierno, y que éstas -así como las autoridades municipales de Oaxaca de Juárez, San Antonio de la Cal, Santa Cruz Xoxocotlán y San Agustín de las Juntas- expidieron legal y oportunamente los permisos correspondientes para la realización de dichas obras.
Del mismo modo, el Juzgado Federal reconoció que dicho proyecto de modernización “no se ubica dentro de las áreas naturales protegidas de carácter federal, estatal o municipal”, y que éste no incide en alguna región hidrológica o terrestre prioritarias o para la conservación de aves; que la ejecución del proyecto se realiza sobre superficies ya impactadas por la construcción y operación de la vialidad existente; y que el proyecto no afectará la calidad de ningún cuerpo de agua”. Por ello, se establece que la obra pública antes citada “no incrementará la problemática ambiental de la zona de influencia de este”.
Incluso, el Juez Décimo de Distrito advierte que la posible afectación al derecho fundamental del referido medio ambiente (a consecuencia del derribo, trasplante, poda y/o tala de árboles y arbustos que se encuentran en la avenida Símbolos Patrios) conlleva a considerar que, con la concesión de la suspensión, se afectaría en mayor medida el orden público y el interés social pues, de concederse dicha suspensión, se paralizaría de manera inmediata la construcción de la obra citada, con lo que se quebrantarían los derechos de toda la colectividad, y se impediría la realización de una obra que se presupone que es realizada en beneficio de todos los habitantes de los municipios antes mencionados.
Así, se convalida que la autoridad que ejecuta la obra de modernización en la Avenida Símbolos Patrios, actúa con legalidad y en cumplimiento de los requisitos en materia de medio ambiente establecidos en las disposiciones municipales, estatales y federales de la materia.