Ciudad de México, a 7 de diciembre de 2021.
• Se reforma el artículo 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas
• El documento se envió al Senado de la República para sus efectos constitucionales
El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, por unanimidad de 486 votos a favor, el dictamen que reforma la fracción VIII del artículo 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, a fin de que bibliotecas, hemerotecas e instituciones depositarias conserven el acervo bibliográfico en formato físico, audiovisual y digital de materiales lingüísticos en lenguas indígenas nacionales.
El documento, enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales, busca que la historia de los pueblos indígenas y afromexicanos no desaparezca debido a la destrucción directa o por robo.
Al fundamentar el dictamen, la diputada de Morena, Irma Juan Carlos, explicó que los acervos guardan la memoria colectiva, de ahí la importancia de que se plasme en la ley y con ello reconocer las voces que emanan de los 68 pueblos originarios del país.
Indicó que esta reforma también plantea que estos materiales sean agrupados en un espacio exclusivo, a fin de facilitar su consulta.
Enfatizó que el resguardo de estos documentos contribuirá a conservar y difundir materiales genuinos en diversas lenguas habladas en el territorio nacional. También fomentará la investigación en distintas áreas del conocimiento.
La diputada Juan Carlos aseveró que “la preservación de los acervos es la piedra angular para el fortalecimiento de bibliotecas y hemerotecas depositarias de documentos lingüísticos indígenas”.