Ciudad de México, a 17 de diciembre de 2021.
• El diputado Castañeda González (Morena) sugiere reformar las leyes de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y de la CFE
• El Estado tiene la obligación de respetar y garantizar sus derechos, apegado a la no discriminación en razón de edad
Para garantizar a las personas adultas mayores, el acceso a la energía eléctrica de calidad y estímulos y/o descuentos por concepto de pago por el uso del servicio de luz eléctrica en casa-habitación, el diputado Omar Enrique Castañeda González (Morena) presentó una iniciativa.
Con adiciones a las leyes de los Derechos de las Personas Adultas Mayores y de la Comisión Federal de Electricidad, busca establecer que corresponde a la Secretaría de Energía garantizar a las personas adultas mayores dichos beneficios.
Además, que a propuesta del director general de la Comisión Federal de Electricidad se autorice el otorgamiento de estímulos y descuentos a las personas adultas mayores.
El documento, enviado a las comisiones unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Energía, expone que las personas adultas mayores tienen derecho a disfrutar de una vida plena, con total independencia y autonomía, a la salud, y a la seguridad social y económica.
Menciona que el Estado tiene la obligación, en el ámbito de sus competencias, de respetar y garantizar el goce de los derechos de ese sector, apegado a principios de igualdad y no discriminación en razón de su edad.
De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, a través del Censo de Población y Vivienda 2020, del 100 por ciento de las y los mexicanos, el 12 por ciento representa a personas adultas mayores de 60 años.
Aunado a ello, la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, en el segundo trimestre del 2021, establece que la población económicamente activa en personas adultas mayores de 60 años es de 5 millones 625 mil 704, mientras que la económicamente no activa asciende a 12 millones 188 mil 496.
Afirma que con la iniciativa que adiciona el artículo 23 Bis, fracciones I y II, el inciso I del artículo 30 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, y la fracción XXX y recorre los subsecuentes del artículo 12 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, las personas adultas mayores podrían acceder a los beneficios que la Secretaría de Energía otorgue a través de la Comisión Federal de Electricidad.