- En la actualidad la Secretaría de Salud asume la responsabilidad, pero sólo médica
- La armonización tiene un impacto legal y da certeza jurídica: diputada Aceves García (PRI)
La diputada Norma Angélica Aceves García (PRI) propuso reformar el artículo 35 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad a efecto de que la Secretaría de Bienestar coordine el Sistema Nacional para el Desarrollo e Inclusión de las Personas con Discapacidad, que en la actualidad encabeza la Secretaría de Salud.
El documento, remitido a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen, señala que al estar sectorizada al rubro de “Salud”, se aleja del enfoque garantista de derechos humanos que mandata la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y continúa con una visión asistencialista que aborda la discapacidad desde un modelo meramente médico.
Hoy en día, indica la iniciativa, la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad contiene artículos que no han sido homologados con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
“Esta armonización, más que responder a la denominación de una secretaría o a un tema de forma, tiene un impacto legal, al reconocer que la Secretaría de Bienestar es la encargada de coordinar el Sistema Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad y, con ello, dar certeza jurídica y eliminar cualquier posibilidad de confusión o interpretación distinta en detrimento de la legislación”.
Refiere que la ley a reformar, define los derechos de este grupo poblacional y brinda un sentido garantista que permite su plena inclusión, en un marco de igualdad en todos los ámbitos.
De conformidad con dicho ordenamiento, explica, la Secretaría de Salud encabeza tanto al Sistema y como al Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad (Conadis), que en 2013 pasó al sector coordinado por la Secretaría de Desarrollo Social, la cual cambió de nombre por el de Secretaría de Bienestar en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Por lo anterior, propone establecer en su artículo 35, que “las dependencias y entidades del gobierno federal, los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, así como las personas físicas o morales de los sectores social y privado que presten servicios a las personas con discapacidad, en coordinación con la Secretaría de Bienestar, constituyen el Sistema Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad”.