El Congreso del Estado de Chiapas aprobó la Ley de Voluntad Anticipada, una iniciativa que reconoce el derecho de las personas a rechazar tratamientos médicos que prolonguen innecesariamente la vida en casos de enfermedad terminal o incurable.
La medida, avalada por el pleno de la Sexagésima Novena Legislatura, busca garantizar la dignidad, autonomía y derechos de los pacientes, y se inscribe en un marco de respeto al proceso natural de la muerte.
Legisladores subrayaron que esta ley no debe confundirse con la eutanasia, ya que no acorta ni prolonga la vida, sino que favorece los cuidados paliativos y el acompañamiento humano sin intervención médica.
¿Qué implica la voluntad anticipada?
La voluntad anticipada es una herramienta jurídica que permite a cualquier persona con capacidad legal manifestar, de manera libre e informada, su decisión de no recibir tratamientos invasivos en etapa terminal. Esta declaración puede revocarse en cualquier momento.
Para formalizarla, se requiere:
Documento escrito ante notario público
Firma del otorgante y dos testigos
Designación de un representante
Posibilidad de incluir la donación de órganos
Notificación a la Secretaría de Salud en un plazo máximo de tres días hábiles
En casos de menores o personas incapaces, el documento puede ser suscrito por padres, tutores o familiares directos, siempre con diagnóstico médico previo.
Registro Estatal de Voluntades Anticipadas
La ley contempla la creación del Registro Estatal de Voluntades Anticipadas, a cargo de la Secretaría de Salud, que será responsable de recibir, resguardar y dar seguimiento a los documentos emitidos.
La diputada Getsemaní Moreno Martínez, impulsora de la iniciativa, destacó que esta legislación coloca a Chiapas en la vanguardia del respeto a los derechos humanos.
Fuente: Excélsior