Congreso de Oaxaca aprueba reforma para que los desarrollos habitacionales comercialicen viviendas con servicios básicos, estableciendo sanciones a quienes incumplan la ley

by | Oct 24, 2025 | Legislativo, Oaxaca, Portada

  • La medida busca proteger el derecho humano a una vivienda digna, prevenir los asentamientos irregulares y favorecer el desarrollo urbano organizado

San Raymundo Jalpan, Oax., a 24 de octubre de 2025.- Con el propósito de garantizar que los desarrollos habitacionales cuenten con los servicios urbanos básicos antes de su comercialización, aseguren condiciones dignas para las y los futuros habitantes y protejan sus derechos humanos, el Congreso del Estado aprobó la reforma al artículo 178 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca. 

Con esta modificación se estipula que en caso de no contar con los servicios básicos de agua potable, alcantarillado sanitario, drenaje pluvial, red de energía eléctrica y alumbrado público serán aplicables las sanciones señaladas en las fracciones III, IV y V del artículo 218 de la referida Ley, como es el caso de la demolición de las construcciones efectuadas, la no renovación de las autorizaciones, permisos o licencias otorgadas y la suspensión de la licencia al Director o Directora responsable de la obra y/o pendiente de revalidación o refrendo. 

El Proyecto de Decreto fue impulsado por el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), diputado Benjamín Viveros Montalvo del partido Morena, quien argumentó que la implementación de sanciones efectivas permitirá proteger los derechos de las personas compradoras al asegurar que las viviendas adquiridas tengan los servicios básicos indispensables para una vida digna y además evitará que los residentes enfrenten carencias de infraestructura esencial.

De igual forma promoverá la responsabilidad empresarial, fomentará la práctica ética dentro del sector inmobiliario, contribuirá al desarrollo urbano ordenado al favorecer una planeación adecuada del crecimiento de las ciudades, prevendrá asentamientos irregulares y mejorará la calidad de vida de la población, sostuvo. 

Viveros Montalvo refirió en su Iniciativa de Reforma que todos los servicios básicos anteriormente mencionados deben estar incluidos en la entrega de una vivienda pues forman parte esencial del derecho a la vivienda digna reconocido en el artículo 4° de la Constitución Política de México, el cual está estrechamente vinculado con los derechos al desarrollo, el bienestar y a un medio ambiente sano. 

Por su parte, la Comisión Permanente de Infraestructura y Comunicaciones al emitir el dictamen correspondiente consideró necesario promover marcos legales y estructuras de gobernanza que permitan a las personas contar con una vivienda adecuada estableciendo en la Ley aplicable las medidas de seguridad encaminadas a evitar daños y riesgos en detrimento del patrimonio, la salud, estabilidad y seguridad de los individuos y familias. 

Esta reforma se aprobó con el voto de 39 legisladoras y legisladores en el contexto de la Segunda Sesión Virtual del Cuarto Periodo Extraordinario de Sesiones el pasado 15 de octubre del año en curso.

Por lo anterior, el Titular del Poder Ejecutivo del Estado emitirá las disposiciones reglamentarias para la armonización del presente Decreto en un plazo de 180 días contados a partir de su entrada en vigor.