࠾ El segundo, promovía eliminar la multa a las personas físicas o morales que presenten su información cuatrimestral fuera de los plazos establecidos
La Comisión de Seguridad Social, que preside el diputado Arturo Olivares Cerda (Morena), aprobó por mayoría dos dictámenes en sentido negativo, que proponían reformar las fracciones XXII del artículo 304-A y IV del artículo 46 de la Ley del Seguro Social, este último con la finalidad de considerar al suicidio como riesgo de trabajo.
Al respecto, Olivares Cerda señaló que actualmente la fracción cuarta del artículo 46 de la citada Ley ya establece que no se consideran riesgos de trabajo los que sobrevengan de un intento de suicidio.
Precisó que la iniciativa, presentada por la diputada Mildred Concepción Ávila Vera y el diputado Luis Humberto Aldana Navarro, ambos de Morena, planteaba eliminar la porción normativa sobre intento de suicidio, con la finalidad de que este sí pudiera ser considerado como riesgo de trabajo.
Agregó que el dictamen considera que el suicidio no es un acto espontáneo, responde a un deterioro gradual en la salud mental de las personas.
“Esta afectación en la salud mental puede calificarse como una enfermedad laboral conforme a la Ley Federal del Trabajo, implícitamente se impondría una carga probatoria doble para la parte trabajadora, además generaría una antinomia jurídica con las disposiciones vigentes en esta misma normatividad las cuales no se modificarían”, añadió Olivares Cerda.
Finalmente, “si la incapacidad generada no se califica como un riesgo de trabajo, por exclusión tienen cabida los seguros de invalidez, de enfermedades y de maternidad, por lo que el dictamen se propone en sentido negativo”.
Participación de diputadas y diputados
El diputado Aldana Navarro estimó que si se desecha este dictamen se podría incurrir en una grave falla, a menos que se empiece a trabajar sobre la prevención, para evitar que las personas lleguen a ese nivel de estrés emocional.
La diputada Celia Esther Fonseca Galicia (PVEM) pidió a las y los legisladores que se reconozca el valor de esta iniciativa, ya que obliga a cuestionarse si las legislaciones responden adecuadamente a una realidad que ha cambiado, pues hoy se sabe que los riesgos de trabajo no solamente pueden lastimar el cuerpo; también pueden lastimar profundamente la mente.
A su vez, el diputado Gilberto Daniel Castillo García (Morena) dijo que no existe un vacío normativo en la materia, pues actualmente se cuenta con la Ley Federal del Trabajo que reconoce enfermedades y trastornos mentales de origen laboral, la Ley del Seguro Social que regula las enfermedades de trabajo y otros mecanismos de protección, la NOM 35 de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de 2018, que establece obligaciones de identificación y prevención de factores de riesgo psicosocial y la Ley General de Salud que contempla acciones de prevención y atención en materia de salud mental y suicidio.
Por eso, resulta prioritario fortalecer los mecanismos de prevención, atención psicológica, control de la violencia laboral, detección temprana y la atención oportuna de los riesgos psicosociales desde una perspectiva de política pública y de presupuesto, porque con esto se puede destinar mayores recursos a la atención médica, incapacidades, prestaciones y consecuencias derivadas de afectaciones más graves.
La diputada Patricia Mercado Castro (MC) se pronunció por replantear la propuesta y revisarla con base en el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), por considerar que la Norma 035 no da para todo lo que proponen los diputados, ya que se tendría que cambiar la Ley Federal del Trabajo, de ahí que hay consideraciones reales de la Comisión para desechar esta iniciativa.
Para la diputada Olegaria Carrazco Macías (Morena) demostrar que un intento de suicidio tuvo como causa el trabajo, puede ser complejo por la naturaleza multifactorial de la salud mental. Además, la iniciativa no aporta criterios claros para determinar cuándo un intento de suicidio deriva del trabajo y, de aprobarse la propuesta, podría dificultar el beneficio que pretende otorgar y generar incluso revictimización.
Por su parte, el diputado Germán Martínez Cázares (PAN) externó su duda frente al “drama” de que una persona se quite la vida, además de que es difícil comprobar el hecho causal porque puede tener una naturaleza de múltiples factores.
El diputado Pedro Mario Zenteno Santaella (Morena) mencionó que se tiene que revisar a fondo este dictamen y no solo atacar los efectos sino llegar a las causas. Por eso, es necesario revisar la salud mental, por el estrés al que está sometido el ser humano.
Segundo dictamen
El segundo dictamen que reformaba la fracción XXII del artículo 304-A de la Ley del Seguro Social, tenía como propósito establecer que no se imponga la multa correspondiente cuando la información prevista en el artículo 15-A de la misma ley se presente de manera espontánea fuera del plazo establecido, siempre que ello ocurra antes de que medie requerimiento o ejercicio de facultades de comprobación por parte de la autoridad.
Para contextualizar la propuesta, el diputado Olivares Cerda precisó que el artículo 15-A de este ordenamiento determina la obligación que tienen las personas físicas o morales de presentar información cuatrimestral sobre los contratos celebrados relacionados con la prestación de servicios especializados.
También refiere que el incumplimiento de esta obligación constituye una infracción conforme a la fracción vigésima segunda del artículo 304-A y puede ser sancionado con una multa de 500 a 2000 UMAS de acuerdo con la fracción quinta del artículo 304-B.
Sin embargo, la iniciativa sostiene que la imposición de dicha sanción, cuando la información se presente de forma extemporánea, pero de manera espontánea, genera una antinomia con el artículo 304-A de la Ley del Seguro Social.
La propuesta presentada por la diputada Julieta Kristal Vences Valencia (Morena) proponía establecer que no se imponga la multa correspondiente cuando la información prevista en el artículo 15-A de la misma ley se presente de manera espontánea fuera del plazo establecido, siempre que esto ocurra antes de que medie requerimiento o ejercicio de facultades de comprobación por parte de la autoridad.
En este sentido, el presidente de la Comisión subrayó que con base en los artículos que se analizaron, que fueron el 304 tanto A, B y C, se advierte que estos no se contradicen sino se complementan, ya que mientras el artículo 304-A enlista un catálogo de conductas sancionables o la regla general de aplicación, el 304-B prevé las sanciones por la omisión de estas conductas y el artículo 304-C define la excepción.
Esta última se encuentra sujeta al desconocimiento del hecho por parte de la autoridad competente y la espontaneidad del acto por parte de la persona obligada; es decir, se trata de dos situaciones distintas y no una antinomia, por lo que se propuso el dictamen en sentido negativo, puntualizó.
Asuntos generales
El diputado Olivares Cerda señaló que, a petición del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (PAN), se solicitó una reunión con funcionarios del IMSS con la finalidad de analizar su viabilidad financiera para las próximas generaciones, por lo que se pidió a los integrantes de la Comisión hacer llegar sus observaciones o cuestionamientos sobre la situación del Instituto y temas que se puedan abordar.
Esta información, dijo, se hizo ya del conocimiento del director general del IMSS, Zoé Robledo Aburto, a quien también se le solicitó una reunión de trabajo que podría ser en la primera semana de septiembre.
