Aprueba Cámara de Diputados incorporar a Sedena, Semar, SSPC y ATDT a la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras

by | Oct 29, 2026 | Legislativo, Nacional

  • Con 314 votos a favor, 117 en contra y cero abstenciones, se avalaron reformas a la Ley de Inversión Extranjera.
  • Con el dictamen se crea el nuevo Título Sexto Bis “De la Seguridad Nacional en las Inversiones Extranjeras”.

La Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 314 votos a favor, 117 en contra y cero abstenciones, el dictamen que reforma la Ley de Inversión Extranjera, con el objetivo de fortalecer el marco institucional y los procedimientos administrativos que permitan identificar, evaluar y, en su caso, prevenir o mitigar los riesgos que determinadas operaciones de inversión extranjera pudieran representar para la seguridad nacional.

El documento de la minuta, que surge de una iniciativa de la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, amplía la integración de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, incorporando con voz y voto a los titulares de Defensa Nacional (SEDENA), Marina (SEMAR) y Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), así como al titular de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT).

En las sesiones que traten asuntos de seguridad nacional, serán invitadas de manera permanente las personas titulares de la Fiscalía General de la República, del Centro Nacional de Inteligencia, del Servicio de Administración Tributaria y de la Unidad de Inteligencia Financiera; estas tendrán voz, pero no voto.

La Comisión deberá resolver las solicitudes presentadas dentro de un plazo que no exceda de cuarenta y cinco días hábiles, a partir de la fecha de presentación de la solicitud respectiva, según lo establecido en el Reglamento de la presente ley.

Asimismo, la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras deberá presentar al Congreso un informe semestral sobre su gestión en materia de seguridad nacional y podrá comparecer ante las comisiones competentes que la convoquen.

El nuevo Título Sexto Bis “De la Seguridad Nacional en las Inversiones Extranjeras” establece que, por razones de seguridad nacional, se requerirá una resolución favorable de la Comisión para que la inversión extranjera participe, directa o indirectamente, con más del 49 % del capital social de una sociedad mexicana cuyo valor total de activos, al momento de solicitar la adquisición, supere el umbral que determine la Comisión, y cuya actividad económica incluya infraestructuras estratégicas, tecnologías críticas, suministro de insumos fundamentales, acceso a información sensible o sectores análogos.

En caso de que el valor total de los activos de la sociedad mexicana no supere dicho umbral, pero se pretenda una participación superior al 49 % del capital social, la presentación de la solicitud será voluntaria.

La solicitud de autorización deberá presentarse ante la Secretaría Técnica de la Comisión, de manera conjunta por la sociedad mexicana y el inversionista extranjero, de conformidad con lo dispuesto en la Ley y su Reglamento.

Si la Comisión determina la inexistencia de riesgos o amenazas a la seguridad nacional, declarará viable la adquisición; en caso contrario, podrá exigir la modificación del proyecto para mitigar el riesgo o prohibir la adquisición.

En caso de que la sociedad mexicana transfiera la participación accionaria al inversionista extranjero sin contar con una resolución favorable, se impondrá una multa de cinco mil a doscientos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Durante el régimen transitorio, los asuntos que se encuentren en trámite antes de la entrada en vigor del decreto serán atendidos conforme a las disposiciones vigentes al momento de su presentación.

El diputado Sergio Gutiérrez Luna, en funciones de la presidencia de la Mesa Directiva, informó que se presentaron propuestas de modificación a varios artículos del proyecto de reforma de la Ley de Inversión Extranjera.