Defensoría de Oaxaca llama a garantizar justicia
y verdad por “ejecución arbitraria” de Alexander
•Luego de que el policía responsable del asesinato de Alexander quedara en libertad, la Defensoría determinó que el caso debe considerarse “ejecución arbitraria” cometida por fuerzas de seguridad municipales
OAXACA DE JUÁREZ.- A unos días de que el Tribunal de Enjuiciamiento de la Región de la Cuenca del Papaloapan, en Oaxaca, absolviera y dejara en libertad al policía que disparó a la cabeza del joven Alexander M. G., causándole la muerte, tras desestimar las pruebas en su contra, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) recordó que de acuerdo con sus propias investigaciones, el asesinato del futbolista de 16 años debe considerarse como una “ejecución arbitraria” cometida por fuerzas de seguridad municipales.
Y afirmó que por el asesinato del adolescente “es indispensable garantizar el acceso a la plena justicia, para familiares y para toda la comunidad de Acatlán de Pérez Figueroa”, municipio donde en junio de 2020 se registró la ejecución, en la comunidad de Vicente Camalote.
Luego que se diera a conocer que el fallo del tribunal a favor del único imputado por el homicidio de “Chander”, como le decían sus conocidos, a DDHPO se pronunció porque –siendo respetuoso de la autonomía de los jueces—“se tomen en cuenta los estándares internacionales en la materia, para garantizar el acceso efectivo a la verdad, justicia, reparación y mecanismos de no repetición para las víctimas directas e indirectas”.
Lo anterior lo externó el organismo autónomo en un pronunciamiento dirigido a la actuación de las autoridades en materia de derechos humanos y no respecto de la comisión de delitos por particulares, ya que para ello existen las instancias de procuración y administración de justicia competentes.
La Defensoría detalló que “este caso debería sentar un precedente respecto al uso ilegal de la fuerza que deriva en actos irreparables de violaciones a derechos humanos, por lo que resulta grave y preocupante que, en este hecho, el sistema de procuración y administración de justicia no exprese todos los elementos que configuran el conocimiento de la verdad”.
Para la DDHPO, dejar este caso en la impunidad genera una condición de vulnerabilidad para las víctimas indirectas, así como para toda la población donde ocurrieron los hechos; además, “provoca un sentimiento de indefensión y de repetición de actos que violentan gravemente los derechos humanos”.
Según cifras de la defensoría, sólo entre enero de 2021 y hasta febrero de este año, suman 511 casos de presuntas violaciones a los derechos humanos cometidas por policías municipales, estatales y federales en la entidad.
En este contexto, la Defensoría advirtió que “para combatir la impunidad y promover el Estado constitucional de Derecho es fundamental que las instituciones encargadas de procuración de justicia cumplan con su obligación de investigar con debida diligencia los hechos relacionados con violaciones graves de derechos humanos”, lo anterior dado que este órgano emitió una recomendación a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO) por una serie de violaciones a los derechos humanos hacia la familia del adolescente.
Mientras que al Poder Judicial e pidió que promueva, desde su mandato constitucional, “juicios justos, para lo cual es necesario la aplicación de sanciones acordes a la gravedad de los hechos que se prueben conforme a la observancia de los principios del debido proceso, en armonía con los derechos a la verdad y a la justicia”.
En la Recomendación 01/2021, emitida por la DDHPO y preparada bajo altos estándares de derecho internacional, nacional y local en materia de derechos humanos, resultado de un extenso análisis de documentos, informes y dichos de los servidores públicos involucrados, así como de testigos, se documentó que los agentes policiales violaron normas fundamentales relativas a el uso de armas de fuego, así como en actos de la investigación penal en violación del principio de debida diligencia.
El documento consideró que “se habría incurrido en violaciones al derecho a la vida mediante ejecución arbitraria, independientemente de que, en el ámbito del derecho penal, se deba esclarecer el sentido de las conductas penalmente relevantes que son sometidas a su juicio”.
Ante ello, la DDHPO reiteró el llamado a las autoridades de procuración y administración de justicia para “garantizar el derecho a la verdad, reparación y garantías de no repetición en este caso, tomando en cuenta que es deber de las autoridades de un Estado garantizar que las violaciones graves a los derechos humanos sean debidamente investigadas y juzgadas”.