Los espacios para fumadores regresarĆ”n a los restaurantes del paĆs, de acuerdo con un comunicado emitido por la CĆ”mara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac). Mediante un documento oficial, la organizaciĆ³n anunciĆ³ que consiguiĆ³ un amparo para suspender el decreto de reforma al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.
āEl pasado 13 de julio, el DĆ©cimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito concediĆ³ a la Canirac la suspensiĆ³n definitiva del Decreto. Con ello, se suspende la aplicaciĆ³n de la reforma al reglamento para aquellos restaurantes afiliados a la cĆ”mara que demuestren su afiliaciĆ³n y cuenten con licencia de funcionamiento vigente que cumpla con el Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco previo a la reformaā, se lee en el documento compartido por la organizaciĆ³n.
El amparo aplicarĆ” en todo el paĆs
En el documento, el presidente nacional de la Canirac, GermĆ”n GonzĆ”lez aseverĆ³ que āuno de los principales objetivos de Canirac es velar por los intereses de nuestros afiliados y del sector restaurantero. Hoy mĆ”s que nunca, tenemos claro que somos una industria fuerte y unida. Esta suspensiĆ³n es el resultado del trabajo conjunto que llevamos a cabo dĆa a dĆaā.
Cabe mencionar que el amparo aplicarĆ” para todos los restaurantes afiliados a la CĆ”mara. āCon ello, se suspende la aplicaciĆ³n de la reforma al reglamento para aquellos restaurantes afiliados a la CĆ”mara que demuestren su afiliaciĆ³n y cuenten con licencia de funcionamiento vigente que cumpla con el Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco previo a la reformaā, precisĆ³ el comunicado.
El reglamento entrĆ³ en vigor en enero
Fue el pasado 15 de enero cuando entraron en vigor las modificaciones al reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco. De acuerdo con las autoridades, la normativa tenĆa como objetivo de proteger a la poblaciĆ³n en general contra la exposiciĆ³n al humo de cigarro. El reglamento prohibĆa a fumadores prender cigarros en patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, Ć”rea de juegos, parques de desarrollo urbano, deportivos, playas, centros de espectĆ”culos y entretenimiento, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hoteles, hospitales, centros de salud y clĆnicas mĆ©dicas.
AdemĆ”s, la ley estableciĆ³ que las tiendas de conveniencia y establecimientos como supermercados tendrĆ”n prohibido colocar publicidad o generar difusiĆ³n de los cigarros. El nuevo reglamento tambiĆ©n presentĆ³ las multas por fumar en lugares prohibidos, las cuales van desde los 60 mil pesos hasta medio millĆ³n de pesos; dichas sanciones tambiĆ©n aplicarĆan para los establecimientos que permitan a sus clientes fumar al interior de sus instalaciones, las penalizaciones para establecimientos van desde la clausura de sus negocios hasta la cancelaciĆ³n de su licencia sanitaria.
Fuente: El Heraldo de MĆ©xico